Si eres una persona que circula de manera recurrente en autopistas federales debes tomar en cuenta que todos los automovilistas están obligados a respetar el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de jurisdicción federal que aplica para todas carreteras como son la México-Puebla, México- Querétaro o la Autopista del Sol.

Es importante que sepas que este reglamento del 2012 se mantiene vigente y que las personas que incumplan con lo ahí establecido podrán ser acreedoras a multas económicas que varían según la cantidad de UMAs determinadas y aplica para todas las autopistas federales, no sólo la México-Puebla que es una de las más transitadas diariamente por miles de mexicanos.

Multarán a conductores que lleven bultos sobre sus autos

Ojo, aquí pues el Articulo 72 establece que está prohibido llevar bultos y objetos que obstruyan su visibilidad, de modo que si estás pensando hacer una mudanza o llevar sobre el toldo de tu vehículo objetos de grandes dimensiones podrías ser acreedora una multa por parte de las autoridades.


Queda prohibido a los conductores llevar bultos y objetos que obstruyan su visibilidad durante el tránsito. La infracción de la disposición anterior será sancionada con multa de 20 a 25 veces la cuota diaria establecida por este Reglamento.

¿De cuándo es la multa por llevar bultos en el carro?

De acuerdo con el Artículo 70 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de jurisdicción federal la sanción es de 20 a 25 UMAs para los conductores que lleven exceso bultos que obstruyan la visibilidad de los demás autos. Esta multa utiliza el término “cuota diaria”, el cual legalmente se calcula con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

A partir del 1 de febrero de 2026, el valor oficial de la UMA determinado por el INEGI es de 117.31 pesos, por lo que el monto de la multa en 2026 es el siguiente:


Sanción mínima (20 UMA): 2,346.20 pesos
Sanción máxima (25 UMA): 2,932.75 pesos

Medidas de seguridad clave para viajar en carretera

Para circular sin problemas en carreteras federales durante el 2026, recuerda que este reglamento exige:


Seguro Obligatorio: Contar con al menos el seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
Límites de Velocidad: Siguen siendo, por lo general, de 110 km/h para automóviles y 95 km/h para autobuses, a menos que la señalética indique lo contrario.
Dispositivos de Retención: El uso de cinturón de seguridad para todos los ocupantes y sillas para niños es estrictamente obligatorio.

Como recomendación final considera que si resultaste infraccionado podrás obtener un descuento en el pago de tu multa si lo realizas dentro de los primeros 15 días hábiles posteriores a la boleta de infracción, tienes derecho a un 50% de descuento, siempre y cuando no se trate de una falta grave que haya causado un accidente.

Shares: