Con el próximo inicio de año, millones de beneficiarios de los programas del Bienestar se preparan para recibir sus siguientes depósitos. No obstante, en días recientes ha circulado información sobre una posible suspensión de pagos para quienes ya no cumplan con los requisitos de cada uno de los apoyos. Entre los programas que más dudas han causado se encuentra la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, enfocada en personas de 0 a 64 años.
Según las autoridades de la Secretaría del Bienestar, este apoyo está dirigido a personas con discapacidad permanente, con el objetivo de brindar alivio financiero a niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos, hombres y mujeres, hasta los 64 años de edad, que presentan una discapacidad permanente certificada por una institución pública de salud.
Cabe mencionar que, para recibir este apoyo de 3 mil 200 pesos bimestrales, los interesados deben cumplir con reglas específicas, las cuales determinan quiénes continúan recibiendo el apoyo económico y quiénes pueden quedar fuera del padrón en 2026. En este sentido, la Secretaría del Bienestar ha dejado claro que, aunque el programa sigue activo en gran parte del país, existen causas claras por las que el pago puede suspenderse o darse de baja, incluso para quienes llevan tiempo siendo beneficiarios.Noticias Relacionadas
La Secretaría del Bienestar ha reiterado que este apoyo económico se entrega de forma bimestral y está dirigido a personas que cumplen con criterios de edad, residencia, condición médica y vigencia administrativa. Sin embargo, el cumplimiento de estos requisitos debe mantenerse actualizado para conservar el derecho al depósito, de lo contrario, el dinero se puede perder.
¿Qué beneficiarios dejarán de recibir el apoyo en 2026?
El apoyo actualmente es de 3 mil 200 pesos | Archivo
Uno de los principales grupos que dejarán de recibir esta pensión en 2026 son las personas que cumplan 65 años de edad. En estos casos, los beneficiarios pasarán directamente a recibir el apoyo correspondiente a la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, el cual es de 6 mil 200 pesos bimestrales. También, quedarán fuera del programa quienes presenten una baja por defunción, ya sea por notificación directa de familiares o cuando el CURP aparezca con estatus de fallecimiento en los registros oficiales.
Otro motivo por el cual los beneficiarios podrían ser dado de bajas es por inconsistencias en los datos personales. Los hombres y mujeres de 30 a 64 años pueden dejar de recibir el apoyo económico si se detectan errores, información incompleta o documentación falsa en su expediente, así como cuando los datos no estén actualizados en los sistemas oficiales.
Finalmente, no recibirán el apoyo las personas que no hayan acudido a recoger su Tarjeta del Bienestar, ya que este plástico es la única forma de pago. En este sentido, se recomienda a los beneficiarios del programa cumplir con los requisitos establecidos y mantener su información actualizada para evitar perder los depósitos.
¿Cómo solicitar la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente?
El apoyo está dirigido a personas con discapacidad | Archivo
El apoyo se puede solicitar cuando haya convocatorias abiertas, aunque esto depende de cada estado. Actualmente la pensión está disponible para toda la población con discapacidad son: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Ciudad de México, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
En el resto del país, Aguascalientes, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León y Querétaro, el programa sigue activo, aunque con reglas distintas: se otorga únicamente a personas de 0 a 29 años, o bien a mayores de esa edad que vivan en zonas indígenas, afrodescendientes o catalogadas con alto o muy alto grado de marginación.
Los requisitos para incorporarse al programa son:
Acta de nacimiento.
Identificación oficial vigente, que puede ser INE, pasaporte o cualquier documento emitido por una autoridad oficial.
CURP actualizado.
Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a seis meses (puede ser recibo de agua, luz, predial, teléfono o estado de cuenta bancario).
Certificado o constancia médica de discapacidad permanente, emitido exclusivamente por una institución pública del sector salud (IMSS, ISSSTE, Secretaría de Salud estatal o federal).
