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Este 5 de noviembre se llevó a cabo la audiencia de imputación de cargos a Juan Carlos Ortiz por el asesinato de Jaime Esteban Moreno, ocurrido el 31 de octubre.Tanto en videos como en la descripción detallada que dio la fiscal encargada del caso, quedó registrado que Moreno recibió golpes contundentes en su cabeza y cuerpo. La agresión le dejó un traumatismo craneoencefálico severo, así como daños significativos en otros órganos. LEA TAMBIÉN Ortiz se declaró inocente ante el ente acusador durante la audiencia. Poco después, esta quedó suspendida y será reanudada este 6 de noviembre a las 9 de la mañana. En ella, se definirá la medida de aseguramiento que podría recibir. Juan Carlos Suárez Ortiz Foto:Archivo particularLa pena que enfrentaría Ortiz por el delito de homicidio agravado“Juan Carlos Suárez y otra persona quien emprendió la huida, alcanzaron a la víctima y le propinaron puños hasta tumbarlo, y ya estando en el suelo, le dieron múltiples patadas en la cara y el cuerpo. Mientras la señora que se identificó como Kaleidymar Paola Fernández Sulbarán, que vestía de disfraz azul, ella motivaba a que le siguieran pegando (…) mientras la víctima botaba sangre por la nariz y por la boca, mientras se ahogaba con su propia sangre”, relató la fiscal en referencia a Ricardo González, quien se dio a la fuga y continúa en libertad al momento de la publicación de esta nota. LEA TAMBIÉN Por este delito, el señalado podría verse obligado a cumplir una pena de 480 a 600 meses. Eso equivale a 40 a 50 años de prisión.Si Suárez hubiera aceptado los cargos, habría podido recibir un beneficio de la reducción de hasta la mitad del monto de la pena a asignar por el ente judicial.Jaime Esteban Moreno Jaramillo, asesinado en fiesta de Halloween. Foto:Archivo particularHomicidio preterintencional: ¿qué es y por qué se dice que la Fiscalía debería imputarle este delito a Ortiz?Iván Cancino, abogado especializado en derecho penal, habló con Infobae y señaló que, aunque no le parece errada la imputación de los cargos, habría un delito que se ajusta más a los hechos que el ente acusador expuso.Se trata del homicidio preterintencional, el cual está definido en el artículo 105 del Código Penal. “El que preterintencionalmente matare a otro, incurrirá en la pena imponible de acuerdo con los dos artículos anteriores disminuida de una tercera parte a la mitad”, define la ley. LEA TAMBIÉN De igual forma, la conducta preterintencional está contemplada en el artículo 24 y la define como “cuando su resultado, siendo previsible, excede la intención del agente”.Los argumentos de Cancino y la respuesta de la defensa de la familia de Jaime Esteban MorenoDe acuerdo con Cancino, el delito podría aplicar en el caso porque, en las grabaciones y la descripción, Ortiz no tenía “dolo de matar”, pero si buscaban agredir a Moreno “en un momento de exaltación”.“La intención de él no era matar, sino agredir, lesionar, pero obviamente el resultado fue muerte”, explicó, puntualizando que la agresión terminó en un resultado más grave e inesperado.Juan Carlos Suárez Ortiz recibiría medida de aseguramiento el 6 de noviembre. Foto:Archivo particular“No me parece tampoco equivocado. Seguramente la Fiscalía, muchas veces por la presión mediática, por el respaldo a la víctima, imputa un delito que no es equivocado, dogmáticamente aguanta. Yo creo que terminan negociando o aceptando un homicidio preterintencional al final, hoy o más adelante”, dijo Cancino al medio ya citado.Por otro lado, el apoderado de la familia de Jaime Esteban, Camilo Rincón, señala que el homicidio doloso sí aplica en el caso porque el joven de 20 años fue agredido sin haberlos provocado.María Paula Rodríguez RozoREDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
